viernes, 3 de septiembre de 2010

Viaducto Bicentenario – Acceso en motocicleta



Otra de las interrogantes que nos han hecho llegar a través de los distintos medios del Viaducto Bicentenario es sobre las motocicletas; en pocas palabras: ¿Es posible circular por la vía en motocicleta?

Una de las obligaciones de operación del Viaducto Bicentenario es que éste se debe apegar a la legislación así como a los reglamentos vigentes en la zona donde se encuentra.

Primero que nada debemos de definir que tipo de vía es el Viaducto Bicentenario:

Infraestructura vial primaria: Aquella que está integrada por carreteras, pasos vehiculares, avenidas, calzadas y calles que comunican a dos o más municipios de la entidad, permitiendo los viajes de largo recorrido y aquellas que por sus características de ubicación, operación y vocación de servicio permitan la integración de la red vial primaria, así como las que comuniquen a instalaciones estratégicas estatales.

El Viaducto Bicentenario es una Vía Primaria debido a que “comunica dos o más municipios de la entidad” (el Estado de México) además de que, si leemos la siguiente parte del párrafo, podremos determinar que cumple con las demás características de ese tipo de vialidades.

Respecto a la circulación de vehículos diferentes a automóviles el reglamento, en la primera fracción de su artículo 34, especifica:

Artículo 34
Se prohíbe a los conductores de bicicletas y motocicletas:
I. Circular por los carriles centrales o interiores de las vías primarias y en donde así lo indique el señalamiento de las vías de acceso controladas, salvo cuando mediante aviso publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, la Secretaría, la Agencia o los Ayuntamientos determinen horarios y días permitidos en dichas vialidades;

El funcionamiento del Viaducto Bicentenario se debe de ceñir al reglamento de tránsito vigente por lo que no permitirá el acceso a usuarios en motocicleta.

4 comentarios:

  1. Me parece que tienen otro reglamento de tránsito...

    En el Reglamento de Tránsito del Estado de México en vigencia.

    El articulo 34 del reglamento menciona:
    Artículo 34.- Los vehículos que circulen en las vías públicas del Estado deberán
    contar con los equipos, sistemas, dispositivos y accesorios de seguridad, que
    señale este reglamento, el manual que al efecto se expida y demás normas
    legales, aplicables.

    En el reglamento no pude encontrar que las motocicletas no puedan circular por las vías primarias, al contrario:

    Artículo 89.- Los conductores de motocicletas con o sin carro anexo, podrán
    hacer uso de todas las vialidades del Estado, sujetándose a las siguientes reglas:[...]

    Consultado en http://www.edomex.gob.mx/seguridad/docs/redomex.pdf

    ResponderEliminar
  2. nitsuga: Nosotros nos basamos, de manera correcta, en el Reglamento de Tránsito Metropolitano que es el que regula la zona urbana de la Ciudad de México (tanto DF como el Edomex).

    Aquí se puede consultar:

    http://www.facmed.unam.mx/deptos/salud/portadas/accidtrans/reglamento_transito_metropolitano.pdf

    ResponderEliminar
  3. Se me hace muy extraño que se basen en el reglamento de tránsito metropolitano y no en el del estado, cuando la vialidad acaba justo donde empieza el DF.

    ¿Porque no se utiliza/aplica el Reglamento de Tránsito del Estado de México en una vialidad exclusiva estado?

    ¿Porque tomarse la molestia de hacer un reglamento para el estado, si no se utiliza en sus propias vialidades?

    ResponderEliminar
  4. nitsuga: Gracias por comentar.

    El reglamento metropolitano es el que está vigente para toda la zona urbana: tanto en la Ciudad de México como en los municipios mexiquenses conurbados.

    El objetivo del reglamento es que toda la zona tenga las mismas reglas.

    La cuestión sobre aplicación de éste es correspondencia de las autoridades.

    ResponderEliminar

Las reglas para comentar en este Blog son sencillas:

Se respetuoso, no GRITES, no escribas malas palabras ni ataques personales.

Todas las opiniones, positivas o negativas, son bienvenidas siempre y cuando se hagan de manera civilizada y respetuosa.

Nos reservamos el derecho de no publicar comentarios que consideremos inapropiados y ofensivos.